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sábado, 4 de enero de 2014

La Saga Continúa...



... ahora al Tribunal Supremo italiano 

Traducción del post de Peter Fleischer 20130417



En diciembre de 2012 el Tribunal de Apelación italiano me absolvió junto a otros dos empleados de Google de haber violado la ley italiana de privacidad en un caso basado en la subida de un vídeo por un usuario. Yo me alegré mucho de que hubieran triunfado los  principios jurídicos bien razonados, y tuve esperanzas de que ese fuera el final de esta larga saga. La semana pasada, sin embargo, el fiscal italiano apeló esa sentencia ante el Tribunal Supremo italiano. Este caso, lamentablemente, no ha tocado fin. En su apelación ante el Supremo el fiscal italiano afirma (además de argüir que los empleados como yo pueden ser considerados responsables de los vídeos subidos por los usuarios de los que no teníamos conocimiento ni nada que ver con ellos) que las plataformas como Youtube deberían tener la obligación de previsualizar el contenido cargado por los usuarios, y de obtener el consentimiento de las personas que aparezcan en los vídeos subidos por los usuarios. Yo mismo, y muchos otros que han alzado su voz en mi apoyo, contemplamos esto como una  amenaza a la libertad de expresión en Internet.  Estoy contrariado al ver que es caso no ha terminado, pero sigo creyendo que al final prevalecerá la justicia.
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sábado, 30 de marzo de 2013

Glorioso Día para un Internet Libre en Italia

Traducción del post de Peter Fleischer 20130304

 


Justo antes de Navidades, un Tribunal de Apelación revocó las condenas a tres staff de Google, incluyéndome a mí, por haber infringido supuestamente la ley italiana de privacidad. Ahora, al cabo de casi dos meses, el Tribunal ha publicado su opinión por escrito para explicar su fallo. La opinión del Tribunal respalda de manera lúcida y resonante los principios que Google y yo hemos defendido desde el comienzo de esta acusación hace seis años:
  • Responsabilidad Intermediaria:  El Tribunal mantuvo que las plataformas de internet, como  Google Video o YouTube no son responsables de los contenidos que suban los usuarios, ni por la falta de aviso de información, ni por contenido inadecuado. Estas plataformas no pueden ser obligadas, y no deben serlo, a pre-filtrar el contenido que les suban. Cualesquiera esfuerzos para pre-filtrar el contenido conllevaría serios riesgos para la libertad de expresión de los usuarios. En palabras del Tribunal:Imponer un deber a un proveedor de internet, o reconocerle el derecho, a llevar a cabo una pre visualización para filtrar contenido, es una medida que debe ser cuidadosamente considerada, puesto que no está enteramente exenta de riesgo debido a la posibilidad de que surja un conflicto con los principios de la libertad de expresión o de pensamiento”.
  • Privacidad:  El Tribunal mantuvo que las personas que filman y suben videos son responsables del cumplimiento de las leyes de protección de datos personales. Las plataformas de internet no pueden de ninguna manera obtener el consentimiento de las personas que aparecen en los videos subidos por los usuarios. En palabras del Tribunal: Resulta claro de manera patente que cualquier evaluación del propósito de una imagen contenida en un vídeo, susceptible de determinar si un dato es sensible, implica un juicio variable, semántico, que ciertamente no se puede delegar a un proceso de IT”.
  • Responsabilidad Penal:  El Tribunal reconoció el principio legal básico de que los empleados como yo no pueden tener la requerida intención delictiva de infringir las leyes de protección de datos personales cuando no han tenido nada que ver con la supuesta infracción penal de los datos personales, y ni siquiera sabían de ella.

Este caso nunca fue acerca de mí en absoluto; por cuanto yo únicamente fui un vehículo casual y desafortunado para una prueba judicial sobre responsabilidad del intermediario. Obviamente, yo estoy personalmente aliviado al quedar liberado. Pero estoy encantado de que este caso haya generado un precedente legal resonante en favor de la libertad de expresión. En particular, me gustaría dar las gracias a muchas personas que me expresaron su apoyo a lo largo de estos seis años; concretamente a mis numerosos colegas en Google y a mi equipo estelar de asesores externos, todos los cuales trabajaron incansablemente para procurar que estos principios prevalecieran. Y me gustaría dar las gracias a toda la gente que se dio cuenta de que en esta acusación estaban en juego unos importantes principios, quienes sumaron su voz al debate sobre la política, en Italia y en otras partes. Esta saga (probablemente, esperanzadamente) ha terminado para mí.

Juntos hoy, podemos celebrar y aplaudir este paso adelante hacia un futuro digital más brillante en Italia.
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Don Quijote

Traducción del post de Peter Fleischer 20130217

Vuelve a leerte El Quijote mientras sigues el actual debate sobre la revisión de la legislación europea sobre Privacidad. ¿Es más noble aspirar a la gloria de la fantasía más que a las indignidades del mundo real? ¿Queremos defender un código caballeresco obsoleto, mientras que el resto del mundo contempla burlón? ¿Queremos una fuerte ley de privacidad que se pueda poner en práctica, o una gloriosa pieza de literatura?
 Las empresas americanas están empezando a ponerse nerviosas y a chillar contra las inminentes nuevas leyes europeas de privacidad. Por su parte, varios políticos europeos están haciendo pública su postura de que todo esto hace falta para meter en cintura a las empresas americanas; mientras fingen resentimiento porque las empresas americanas estén favoreciendo sus intereses mediante sus grupos de presión en Bruselas. En realidad, por supuesto, la nueva propuesta de legislación europea está plagada de fallos, en especial al imponer montones de costosas nuevas obligaciones burocráticas de cumplimiento, y al amenazar con imponer multas absurdamente altas, del orden del 2% del ingreso global de una empresa, por simples infracciones leves a la normativa. Pero no permitamos que la realidad mancille este relato. Don Quijote está defendiendo la privacidad contra los esbirros de las mega-empresas-americanas, matadoras de la privacidad. Don Quijote está defendiendo el Derecho al Olvido.  

Tristemente, las cosas no acaban bien para el noble caballero, inquietantemente y sin decirse..., las empresas americanas saldrán grandes vencedoras, comparadas con sus rivales europeas. Las empresas europeas están abocadas a décadas de parálisis innovadora bajo las nuevas leyes. Las empresas americanas sencillamente se reorganizarán y situarán ciertas operaciones fuera de Europa para mitigar riesgos.  

Como mucha otra gente en la profesión de privacidad, a lo largo de mi carrera, siempre he pensado que sería sensato aplicar las leyes de privacidad europeas a lo largo y ancho del mundo, en interés de mantener un único estándar mundial y coherente. Ahora estoy cambiando de opinión. Mientras las propuestas de revisar las leyes de privacidad en Europa se hacen más chifladas cada día, yo estoy empezando a pensar que “el mundo” tendrá que observar a Europa haciendo sus cosas en su propio jardín, mientras que en el “resto del mundo” se mantiene un ritmo diferente, más rápido, más innovativo. Vale, Europa es un mercado demasiado grande como para ignorarlo, pero eso no es razón para que sus especiales normativas de cumplimiento debieran exportarse globalmente. Nadie aplica las normas de censura china fuera de China, así que no sería esta la primera vez que las empresas aplican reglas especiales en una región o país concretos.

Las leyes propuestas en Europa acabarán costando un montón, si te preocupa la innovación en Europa. Yo soy un tecnófilo, en el sentido de que creo que la innovación rápida es la única esperanza para mantener unos altos estándares de vida en el mundo rico para nuestras sociedades occidentales que se hacen viejas en el futuro. Pero me preocupa la cantidad de obstáculos que se están colocando para aminorar la velocidad de innovación. No me entiendas mal, yo estoy por completo a favor de la ética de privacidad, y de sensibilidad de privacidad, y de la privacidad desde el diseño. Pero no soy un fan de la burocracia estorbadora de la privacidad. Europa, como podría esperarse, desarrolló la forma más extremada del mundo de estorbo burocrático, cuando inventó la noción de “aprobación previa” burocrática para las nuevas tecnologías. Eso significa que una nueva tecnología depende de la aprobación previa burocrática antes de ser lanzada. O aprobación previa para las transferencias internacionales de datos (qué absurdo, en la era del Internet). O aprobación previa para las Reglas Corporativas Vinculantes, y un millar de otros badenes y socavones burocráticos. La realidad es a menudo un asunto descorazonador.

A pesar de sus buenas intenciones, Europa también le está dando al mundo unas leyes desesperanzadoramente vagas, a veces forzándolas con sanciones penales. Por ejemplo, ¿qué significa el imponerle a alguien penas de cárcel por “procesar datos personales sensibles sin el consentimiento del titular de los datos”? ¿Justifica eso el imponer penas de cárcel por postear una foto en un sitio de una red social, puesto que una foto revelará la raza de una persona y a veces la condición de salud (todas ellas categorías “sensibles”)? Yo mismo he tenido que arrostrar juicios penales por supuestos de hecho de normativa de privacidad más endebles que eso; así que estos no son riesgos hipotéticos. En una palabra, Europa está convirtiendo en más arriesgada la investigación innovadora en el campo del Big Data en Europa.

Los cínicos realistas verán que las leyes de privacidad europeas que inhiben la innovación lo que van a hacer es simplemente que la innovación de Internet y del Big Data se traslade cada vez más fuera de Europa. ¿Veremos que las empresas escogen trasladar sus brazos de investigación a otros sitios, como Estados Unidos o la India o Singapur? Hazte la pregunta de si serán las empresas estadounidenses o las europeas las que más se vayan a lastrar por la normativa europea. La respuesta es obvia: las empresas europeas tendrán que tragarse estas nuevas reglas por completo, mientras que las empresas de fuera de Europa podrán simplemente acordonar sus operaciones más lentas y menos innovativas en Europa. Las empresas puede que acaben ofreciendo una serie de servicios más lentos y menos punteros en Europa, dados los importantes riesgos de que los servicios de tecnología puntera puedan ser aplastados con multas gigantescas.

Digo todo esto con tristeza, mientras el mundo sigue girando. ¿Quién soy yo para burlarme del sueño de Don Quijote? ¿Quién soy yo para celebrar el deceso de sus delirios?
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viernes, 8 de marzo de 2013

¿Porqué Bing me llama "Google Criminal"?


Traducción del post de Peter Fleischer 20130204

Siempre es buena idea, de tiempo en tiempo, hacer una búsqueda de tu propio nombre. Cuando busqué por mi nombre, he aquí lo que Bing sugirió:

RELATED SEARCHES
·         Peter Fleischer
·         Google Criminal
·         Google Public Policy Blog

Los motores de búsqueda como Bing ofrecen una función de autocompletado y de sugerencias de búsquedas similares. Esto ayuda a la gente a encontrar antes lo que están buscando. La función de autocompletado se determina algorítmicamente, basado sobre todo en las solicitudes de búsqueda que la mayoría de personas han mecanografiado durante el pasado. Si comienzas a buscar con las palabras "New York City", el autocompletado puede sugerir "New York City tiempo" o "New York City metro".  Las sugerencias de búsqueda relacionadas mostrarán términos de búsqueda que más probablemente ofrecerán contenido que sea pertinente al término de búsqueda original.

Los principios algorítmicos son los mismos para las búsquedas sobre apellidos concretos. Ponte a teclear tu propio nombre en un buscador, o cualquier apellido, y a menudo verás sugerencias de autocompletado que puede rayar en lo ofensivo. Por consiguiente es una reacción común que algunas personas digan: Les demando que el motor de búsqueda bloquee este término para las búsquedas que se hagan sobre mi nombre.

Pongamos mi propio ejemplo. Sé que un montón de gente y de sitios web han informado sobre mi condena penal en representación de Google en un juzgado italiano, de la que fui absuelto posteriormente en la apelación. Por supuesto, reconozco que los motores de búsqueda realmente no me están llamando “criminal”. No están ejercitando un control editorial sobre la asociación. Están usando unos algoritmos para asociar mi nombre con lo que otras personas han buscado en el pasado, o con la búsqueda relacionada que probablemente vaya a generar el número más elevado de resultados relevantes para la búsqueda. El contenido subyacente bien pudiera decir: su condena criminal fue absuelta en apelación. Así que yo no he solicitado a Bing que bloquee la palabra “criminal” de las búsquedas de mi nombre. No creo que deban hacerlo; y aunque debieran hacerlo estoy seguro de que Bing se negaría por más que yo se lo pidiera.

Una y otra vez, especialmente en Europa, veo que la “privacidad” se usa como justificación para censurar la libertad de palabra. El malamente definido “derecho al olvido” es un ejemplo muy debatido. No comprendo como podríamos proteger los conceptos de libertad de expresión, y la neutralidad de los motores de búsqueda, si la gente pudiera decidir por sí mismos qué términos no quieren que se asocien con sus nombres. En la práctica, ¿quién decidiría qué términos serían aceptables y cuáles no? Creo que es muy peligroso intentar usar los motores de búsqueda para censurar que las sugerencias de búsqueda reflejen contenido que está en la web, o para manipular los algoritmos para impedir que reflejen objetivamente lo que los usuarios estén buscando.

Hay un montón de gente que no quieren ver que los motores de búsqueda hagan sugerencias comunes detrás de sus nombres con términos como “judío” o “gay” o... “criminal”. En una palabra, esa es la cuestión: ¿Habría que filtrar sin más algunas palabras sensibles de tales resultados, o eso es un paso demasiado abajo en la resbaladiza cuesta de la censura?

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sábado, 2 de febrero de 2013

Mis Decisiones del Día de la Privacidad



Traducción del post de Peter Fleischer20130129


El 28 de enero es el Día de la Privacidad.   Me encanta la profesión de la Privacidad. El Día de la Privacidad es un buen día para reflexionar un poquito, y enero es la época para hacer nuevas decisiones. He aquí las mías:

1)    Toma la autopista:  Yo he elegido una carrera edificada sobre las líneas de falla de la privacidad, y mi oficio es ayudar a las personas a arreglárselas con ellas. Este tema es importante de veras; la gente de verdad resulta herida cada día, y yo debo intentar estar a la altura. ¿Puedes imaginarte la angustia de una adolescente dispuesta a tirarse por un puente cuando su privacidad fue invadida?

2)  Respeta a los gobiernos:  Los gobiernos están llenos de contradicciones.  Con una mano regulan la privacidad mientras con la otra manejan vastos sistemas de vigilancia. Muestra respeto hacia los gobiernos mediante luchar cada día por el imperio de la ley, especialmente cuando el imperio de la ley es débil.

3)  Racionalizar:  La Privacidad es un campo que ha generado una complicada burocracia para su cumplimiento. Cumple tus obligaciones legales, pero el papeleo no es la misión de tu vida. No te quedes atrapado en ella como una tortuga en una red de pesca.

4)  Sé abogado, no mártir:  no permitas que la gente te haga responsable de cosas sobre las que no tienes capacidad de control. Yo he tenido que arrostrar años de acusación penal por no haber impedido subir un único vídeo, en un mundo de billones de vídeos. Yo soy un abogado y un profesional de Privacidad; no un chivo expiatorio de los pecados de Internet.

5)  Sé pragmático:  Las leyes de Privacidad siempre han sido un tira y afloja entre dos escuelas: los realistas/pragmáticos y los aspiracionales/fundamentalistas. Sigue el liderazgo de los pragmáticos: échale un vistazo al liderazgo pragmático y eminentemente razonable que exhibe la Oficina del Comisionado para la Información británico en la nueva cláusula de cookies de su web.  Deja para los poetas la Privacidad como una bella ficción.  

6)  Ten agallas:  emula a la gente que tiene las agallas de oponerse a las peticiones de datos de usuarios con fines de cumplimiento de la ley, cuando esas agencias de cumplimiento de la ley no cumplen las reglas. Admira las agallas que hacen falta para hacer públicas estas estadísticas.  

7)  Ayuda a los tribunales a resolver los acertijos legales:  tú no eres un juez y no te dedicas a intentar resolver los conflictos en el mundo real entre el Derecho al Olvido y la Libertad de Expresión.  El mundo echará en tu regazo estos nudos gordianos y te pedirá que los desates. Échaselos de vuelta a los tribunales, que es su sitio.

8)  Sé funcional:  la privacidad es un terreno lleno de retórica divorciada de la realidad, y siempre lo ha sido. El  debate legislativo en Bruselas sobre la revisión de las leyes de Privacidad europeas está vagando por los absurdos y locos terrenos del País de las Maravillas. Como profesionales de la Privacidad nuestro trabajo consiste en hacer funcionales las reglas de Privacidad. Si los compositores de leyes en Bruselas están componiendo una partitura que no hay músico humano que la pueda tocar, ¿de qué vale?

9)  Cultiva tu zona zen privada:  Yo nado mucho. Me ayuda a concentrarme y permanecer calmado. Los asuntos de Privacidad se están volviendo más intensos, proliferando las leyes y las demandas; las leyes penales se invocan con más frecuencia. Yo suelo empezar el día con un intenso entrenamiento de natación. Después de 8 largos de piscina olímpica cada vez más rápidos, puedo encarar casi cualquier cosa que me venga.

10) Lo mejor está por llegar:  La tecnología va a evolucionar; antes de lo que piensas. Los servicios de Internet serán más personalizados. El Big Data se hará más grande. La vigilancia de los gobiernos está aumentando. Los ataques de seguridad se volverán más peligrosos y sofisticados. Las máquinas y la nanotecnología serán capaces de grabar y recordarlo todo.

Y tú, querido profesional de la privacidad, deberías templar tu acero para confrontar el luminoso rostro del futuro.


¡Feliz Día de Privacidad!  
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jueves, 10 de enero de 2013

Mi Apelación en Italia


Traducción del post de Peter Fleischer 20121206


Mis colegas en Google David Drummond, George De Los Reyes (ahora jubilado) y yo mismo resultamos condenados en Milán, Italia, en 2010 por infringir la ley italiana de privacidad. Hemos apelado frente a estas condenas. La primera vista de la apelación se celebró en Milán el 4 de diciembre. Yo asistí personalmente a la audiencia. La próxima audiencia tendrá lugar el 11 de diciembre. Quiero describir esta apelación, y las facetas más amplias que están en juego en esta apelación, desde mi perspectiva personal.

Ante todo, una revisión de los hechos: en 2006 unos estudiantes de un instituto de Turín filmaron y después subieron un vídeo a Google Video en el que aparecían acosando a un compañero de colegio que era autista. Google Video era el predecesor de YouTube. El vídeo era totalmente reprensible y violaba los terminos y condiciones de servicio de Google Video. Google lo quitó a las pocas horas de ser notificado por la policía italiana de la presencia de este vídeo ofensivo; congruentemente con su política de quitar cualquier contenido que viole los términos y condiciones del servicio. Por supuesto, Google tenía unas políticas claras y unos procedimientos instaurados para garantizar que el contenido objetable fuese tratado de manera expeditiva y efectiva. Google también colaboró con la policía local para ayudar a identificar a la persona responsable de la subida y ella fue posteriormente condenada a 10 meses de servicio a la comunidad por un tribunal de Turín. Varios otros compañero que estaban implicados, así como el profesor que no detuvo la conducta ofensiva, fueron disciplinados también.

En estos raros pero desagradables casos, ahí acabaría normalmente la implicación de Google. Conforme a la ley europea, albergar plataformas que no crean contenido, como por ejemplo Google Video, YouTube, Bebo, Facebook, e incluso los tableros de noticias universitarios, no son legalmente responsables por el contenido que otros suban a estos sitios. Pero en esta instancia, un fiscal de Milán decidió acusarnos penalmente de difamación y de incumplimiento con el código de privacidad italiano. Ninguno de nosotros, sin embargo, tuvo nada que ver con este vídeo. No aparecíamos en él, ni lo filmamos, ni lo subimos ni lo revisamos. Ninguno de nosotros conoció a las personas implicadas y ni siquiera supimos de la existencia del vídeo hasta después de que fue borrado.

Sin embargo, en 2010 un juzgado de Milán nos declaró culpables a los tres de incumplimiento del código de privacidad italiano y nos sentenció a seis meses de cárcel en suspensión. Todos nosotros fuimos absueltos de difamación penal. Esta decisión judicial significa que los empleados como nosotros de las plataformas de albergue pueden ser responsables penalmente por contenido que los usuarios suban, por más que ellos no tengan el menor conocimiento de tal contenido. Ahora estamos apelando esta decisión extraordinaria tanto para limpiar nuestros nombres como porque esta representa un serio malentendido de la ley de privacidad online y una amenaza a la libertad en Internet. La ley de la Unión Europea da una protección a los proveedores de alojamiento frente a responsabilidad, siempre que borren el contenido ilegal una vez que sean notificados de su existencia; para proporcionar protección a los proveedores de alojamiento y sus empleados en exactamente esta circunstancia. Dejar de lado este importante principio y atacar las mismísimas libertades sobre las que se edifica Internet, amenaza la continua disponibilidad de sitios que acepten contenido generado por el usuario.

Aunque nosotros fuimos condenados por violar la privacidad del estudiante, fueron los acosadores los que grabaron el vídeo y lo subieron al sitio, infringiendo así las representaciones que habían hecho a Google sobre el contenido del vídeo. Son estos acosadores los que deberían ser vistos como responsables (y ya lo han sido) por incumplir sus obligaciones bajo la ley de privacidad.
La Directiva de Comercio Electrónico de la Unión Europea, promulgada en 2000, establece un marco legal claro para establecer la responsabilidad por el contenido ilegal en Internet. Impide la responsabilidad de quienes meramente proporcionan el foro para compartir vídeos generados por los usuarios, trazando una línea clara entre aquellos que desarrollan y controlan contenido para Internet, y quienes en su capacidad de intermediarios tecnológicos proporcionan los medios y las herramientas para hacer que este contenido esté disponible públicamente.

Mediante el establecimiento de una seguridad jurídica y la creación de un único estándar de ámbito europeo, la directiva de Comercio Electrónico posibilita el desarrollo de plataformas abiertas que promueven la libertad de expresión a una escala sin precedentes y ha jugado un papel crucial en acelerar el rápido crecimiento de Internet y el desarrollo de la nueva economía en Europa.
¿Cómo funciona la prescripción del Comercio Electrónico en la vida real? Pongamos que un usuario de Internet sube un vídeo repleto de violencia o de incitación al odio ilegal. Cuando se notifica este contenido ilegal a la plataforma de alojamiento esta está obligada a retirarlo. La plataforma de alojamiento, sin embargo, no está obligada a revisar e impedir la subida. El culpable es el usuario de Internet que postea ese contenido. En este caso, Google hico exactamente lo que requiere la directiva de Comercio Electrónico: retiró el contenido tras la notificación, y adoptó posteriores medidas para cooperar con las solicitudes de cumplimiento de la ley, ayudando a poner a los culpables a disposición de la justicia.

Si Google y similares compañías fueran responsables de cada una de las piezas de contenido de la web, el Internet como lo conocemos hoy en día, y todos los beneficios sociales y económicos que comporta, no podría continuar. Sin una protecciones apropiadas ninguna empresa ni sus empleados estarían inmunes: cualquier texto potencialmente difamatorio, o imagen inapropiada, mensaje de acoso, o vídeo en el que aparezcan terceros, tendrían la capacidad potencial de cerrar la plataforma que inadvertidamente lo hubiera albergado.

Google y otras plataformas de alojamiento de Internet requieren seguridad jurídica respecto a su responsabilidad. Al crear retroactivamente nuevas obligaciones para las plataformas de alojamiento, y conexionando responsabilidades penales a los empleados como nosotros, esta condena desestabiliza la seguridad jurídica.

El razonamiento de la sentencia sujeta a los proveedores de alojamiento y sus empleados a unos estándares imprecisos y progresivamente más altos conforme avance la tecnología. ¿Qué nuevas obligaciones legales podrían imponerse en el próximo caso ante un tribunal penal? Es esta incertidumbre la que amenaza la libertad en Internet. En sus líneas finales el propio juez aborda esta peligrosa posibilidad: “No hay duda de que la asombrosa velocidad con la que la tecnología está avanzando permitirá a los administradores de los sitios web controlar la subida de contenidos”. Y continúa “La existencia de filtros de pre-pantalla cada vez más sofisticados conllevará una gran responsabilidad para los operadores. La responsabilidad penal (negligente o dolosa según el caso) por omitir la ejecución de los chequeos será mucho más fácil de establecer”. Por bien que esto pueda ser el punto de vista del juez, no era esta la visión del Parlamento Italiano cuando implementó las directivas comunitarias que proporcionan protección a los intermediarios de alojamiento como Google. No compartimos la visión del juez de un futuro Internet donde las empresas supervisan y visionan todo el contenido subido por sus usuarios y determinan unilateralmente lo que vaya a estar disponible para compartir con otros.

Al perseguir penalmente a personas como nosotros que no estábamos relacionados con el vídeo en cuestión, este caso supone un precedente peligroso. Pretender condenas penales contra los empleados simplemente porque trabajen para una compañía que proporcione una plataforma de alojamiento es una perspectiva heladora, y amenaza tener un impacto sustancial sobre el futuro desarrollo de Internet.

Los verdaderos culpables, los adolescentes que acosaron a su compañero y subieron el vídeo de eso, y el profesor que permitió que ocurriera ya han sido identificados y castigados. El asunto entero debería acabar ahí.

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miércoles, 28 de noviembre de 2012

Grecia: protege la libertad de expresión

Traducción del post de Peter Fleischer 20121102









Seguramente habrás leído sobre el caso ampliamente difundido del periodista griego que publicó la lista de 2.000 griegos que tienen cuentas en bancos suizos. El periodista sufrió un juicio penal por infracción de la legislación de protección de datos. Afortunadamente, los tribunales reconocieron que este periodista publicó los nombres en interés público. Así, el caso confirmó las fuertes sospechas del mundo entero de que los políticos griegos y las élites financieras se estaban protegiendo a si mismas de las investigaciones sobre evasión fiscal. En vez de investigar por qué las autoridades tributarias griegas dejaron de investigar esta lista de 2.000 nombres, después de que dos años antes el IMF le hubiera entregado la lista, las autoridades sometieron a juicio al periodista. Esto fue un intento diáfano de usar el sistema de justicia penal, y la “protección de datos”, como medio de enfriar los intentos de este periodista (y de otros) para revelar la evasión de impuestos y la connivencia política.
Afortunadamente, el tribunal griego desestimó las acusaciones contra el periodista de delito de protección de datos.
Como abogado de privacidad, observo varias cosas. Las leyes de protección de datos en Europa prevén explícitamente una exención de las leyes normales de privacidad, para los propósitos periodísticos, como por ejemplo “necesidad de reconciliar el derecho a la privacidad con las reglas que rigen la libertad de expresión” y por “sustancial interés público”. Los  Artículos 9 y 8 de la Directiva.   Sin duda, este ejemplo griego cumple ambos tests, y el tribunal fue rápido en alcanzar ese resultado.
Sin embargo, me preocupa mucho el alza en la criminalización de las leyes de privacidad, especialmente en el sur de Europa. Una vez que las leyes de privacidad se inscriben en los códigos penales, abren la puerta a los acusadores y jueces penales persiguiendo tales casos con la bruta maquinaria de la justicia penal, respaldados con la amenaza de cárcel. Muchos de tales casos, como este ejemplo griego, son casos con matices en que se equilibran derechos humanos fundamentales, como la privacidad y la libertad de expresión. Nada es más peligroso para la libertad de expresión que el empleo de vagas nociones de “privacidad” para amenazar a los periodistas, o a los periódicos o plataformas de Internet, o a los empleados de las plataformas de Internet, con tiempo de reclusión, cuando están ejerciendo sus derechos a la libertad de expresión o haciendo funcionar plataformas para que otros lo hagan. Hay ahora cientos de casos alrededor del mundo.
Afortunadamente, el sistema judicial griego fue rápido, y resolvió este caso en unos días. Pero muchos de los sistemas de justicia penales son notoriamente lentos. Como informó The Economist, por poner el ejemplo de Italia: “La justicia italiana tiene fama de moverse con mucha lentitud”. Mi propio  juicio penal en Italia  lleva arrastrándose desde hace años, y se espera que la fase de apelación comience pronto, el 4 de Diciembre 2012, después de casi 5 años desde que me “detuviera” la policía italiana en Milán. 5 años es mucho tiempo para poner a alguien a través de un infierno de justicia criminal, en un caso que constituye un hito donde se me intenta hacer responsable de forma indirecta por el contenido generado por un usuario que lo subió a una plataforma de video en Internet.
Albricias, Costa Vaxevanis, respeto tu coraje. Unas fuerzas muy poderosas intentan usar las regulaciones de privacidad penal para restringir la libertad de expresión. Gracias por mantener el tipo frente a ellas.

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